¿Qué es el Modelo 179 o modelo informativo de pisos turísticos?

El Modelo 179 de Hacienda es un modelo informativo de la Agencia Tributaria que sirve para presentar los ingresos generados con pisos turísticos. Es un Modelo que, actualmente, ya no hay que presentar. Sin embargo, en su momento servía para controlar el dinero que ganaban los anfitriones de plataformas de alquiler turístico como Airbnb España, HomeAway o Booking.

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¿Hay que presentar el modelo 179 de Airbnb España?

No, ya no hay que presentar el modelo 179 ante Hacienda. Después de que el Tribunal Supremo anulara la obligación de informar sobre la cesión de viviendas con fines turísticos, Hacienda eliminó la obligación de presentar trimestralmente el Modelo 179. Este modelo era el que identificaba los pisos turísticos que se ofertan en plataformas como Airbnb o HomeAway, y su «muerte» suponía el fin del intercambio de datos sobre los anfitriones de airbnb entre las plataformas y el fisco, que el Alto Tribunal consideró contrario al derecho.

Pero ahora Hacienda ha vuelto a la carga con el alquiler vacacional. Como ha indicado el diario económico Cinco Días: «el departamento que dirige María Jesús Montero ha decidido valerse de la regulación de la liquidación del nuevo impuesto a las transacciones financieras, la llamada Tasa Tobin, para crear, de forma inminente, una nueva declaración informativa –acorde ya con los criterios judiciales– que deberán entregar al fisco las personas, entidades y “en particular” las plataformas colaborativas, como Airbnb».

Del Modelo 179 al Modelo… (?)

El Modelo 179, conocido como “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”, tenía como finalidad evitar el fraude fiscal. Su desaparición supuso un alivio para los propietarios, que ya no tenían que presentarlo trimestralmente, pero un gran fracaso para la Agencia Tributaria, que ha estado luchando contra viento y marea en sus últimas campañas de la Renta para controlar a los propietarios.

Poco ha durado el oasis de paz para los propietarios. Hacienda ha informado a Bruselas de que creará una nueva declaración. La introducirá entre las disposiciones finales del real decreto ley que regulará la liquidación de la tasa Tobin, según consta en el borrador, en audiencia pública hasta el 3 de noviembre. La norma introduce un nuevo artículo 54 en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria que obliga a las personas, entidades y plataformas colaborativas que intermedien, a título oneroso o gratuito, en la cesión de viviendas con fines turísticos situadas en España a informar periódicamente sobre estas operaciones.

Para ello, deberán presentar una declaración informativa facilitando la identidad de los propietarios del inmueble; la de aquellos que la disfruten, sea por arrendamiento, subarrendamiento, contrato de multipropiedad, de propiedad a tiempo parcial o similares; detallando la referencia catastral de la vivienda, el número de días de cesión y el importe abonado. El plazo de presentación de este documento, que hasta ahora era trimestral, se definirá en una orden ministerial que podría exigir nuevos datos. Quedan excluidos los arrendamientos ordinarios; los de alojamientos turísticos ya regulados expresamente, como los hoteleros, de medio rural, albergues o campamentos; y el uso de viviendas por turnos.

¿Cómo habrá que declarar los ingresos generados por el alquiler de pisos turísticos ahora?

La desaparición del Modelo 179 no supone que haya que dejar de declarar los ingresos generados por el alquiler vacacional. La declaración se seguirá haciendo del mismo modo: los ingresos generados por el alquiler turístico se declararán como  rendimientos del capital inmobiliario y se calcularán a partir de la suma total de los ingresos a la que se le restarán los gastos generados por ese arrendamiento. Después se le aplicará el tipo de IRPF correspondiente a los ingresos anuales del propietario.

Por otra parte, conviene recordar que se grava también el período en el que el piso permanece vacío (los pisos vacíos siguen generando impuestos).

La Agencia Tributaria indica que el impuesto por tener un piso vacío se calcula aplicando un 2% al valor catastral del inmueble (puede consultarse en la sede electrónica del catastro).

En algunos casos ese valor se reduce al 1,1% si, por ejemplo, el valor catastral del inmueble se ha revisado en los últimos 10 años o carece de valor catastral. 

Si, por ejemplo, el índice que hay que aplicar es finalmente del 2%, se coge el valor del inmueble y se le aplica ese porcentaje. Después, ese valor se divide 12 y el resultado de la división se multiplica por los meses que el piso estuvo vacío. El resultado de esa operación es el importe a declarar en la renta.

¿Cómo declarar Airbnb ante la Agencia Tributaria de Barcelona?

La Agencia Tributaria de Barcelona es la más estricta en cuanto a los alquileres turísticos. Para poder hacerlo sin problemas tendrás que registrar tu piso como piso turístico. ¿El problema? El ayuntamiento ya no está dando estas licencias. Puedes consultar más sobre el tema en nuestro artículo sobre cómo evitar multar por Airbnb en Barcelona.

También tendrás que pagar el IVA, el IRPF y un impuesto sobre las viviendas de uso turístico en Barcelona.

¿Necesitas que un experto en impuestos declare tu alquiler Airbnb de la manera correcta?

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