Cómo redactar una reclamación económica-administrativa [Plantilla]

redactar una reclamación económica-administrativa

¿Quieres saber cómo redactar una reclamación económica-administrativa? Sigue leyendo.

Modelo de reclamación económico administrativa

Descarga aquí tu modelo de reclamación económico administrativa.

Ahora bien, si no sabes redactarla, mejor cuenta con abogados fiscalistas que lo hagan por ti.

Introducción

Si estás aquí es porque has recibido una carta de Hacienda en la que se te reclama una cierta cantidad de impuestos. Hacienda cree que has ocultado algún ingresos o que has declarado mal y quiere que se lo devuelvas. Puede, incluso, que esa liquidación esté acompañada de una sanción. Así que te llevas las manos a la cabeza y dices, «¿por qué yo?».

Tranquilidad. La mayor parte de las liquidaciones que envía Hacienda se pueden reclamar. Solo necesitas la defensa adecuada. Y esa defensa empieza por imponer un recurso de reposición ante Hacienda o redactar una reclamación ecónomica-administrativa ante los Tribunales. En este artículo hemos querido centrarnos en la segunda opción. Ten en mente que lo que elijas dependerá de tu caso particular, y lo mejor es que consultes con abogados fiscalistas expertos para tomar la decisión. Puedes contactar con nosotros, que somos expertos desde hace más de diez años, aquí.

Pero si quieres redactar una reclamación ante un Tribunal Independiente por tu cuenta, entonces sigue leyendo porque vamos a enseñarte cómo. Además, al final del artículo podrás descargarte una plantilla para rellenar con la que podrás redactar tú mismo tu propia reclamación.

¿Qué es una reclamación económica-administrativa?

Una reclamación económica-administrativa o REA es un medio de impugnación de un acto administrativo de carácter tributario que se realiza frente a un Tribunal Independiente. No es compatible con un recurso ante Hacienda. En consecuencia, interponer un recurso ante Hacienda tampoco es compatible con una REA.

El objetivo de la REA es demostrar la inocencia del contribuyente para anular una liquidación o sanción. Se suele recurrir a la REA cuando el abogado fiscalista considera que la Agencia Tributaria no ha cometido un error expreso que pueda demostrarse ante la misma Agencia, por lo que se recurre a un órgano independiente.

¿Quiénes son los órganos que se encargan de una reclamación económica administrativa?

Los órganos encargados de llevar una REA son los Tribunales Económico-Administrativos. Dependiendo de si el delito cometido es autonómico o Estatal, estos serán:

  •  Los tribunales económico-administrativos del Estado, cuando es Estatal. Por ejemplo. IVA e IRPF.
  • Los tribunales autonómicos, si el delito es autonómico. Por ejemplo, en Cataluña es la Junta de Tributos de Cataluña.

¿Qué avisos de Hacienda se pueden recurrir?

  • Liquidaciones temporales o definitivas.
  • Soluciones explícitas o hipotéticas derivadas de solicitudes de corrección de autoevaluaciones o comunicaciones de datos.
  • Una vez establecidas las leyes y reglamentos tributarios, verificar el valor de los ingresos, productos, bienes, derechos y gastos, así como el comportamiento de establecimiento de valores, beneficios y fundamentos.
  • El acto de denegar o reconocer exenciones, concesiones o incentivos tributarios. e) El acto de aprobar o rechazar planes especiales de amortización.
  • Determinar las acciones aplicables al sistema tributario del contribuyente, cuando estas acciones determinen las obligaciones futuras (incluidas las formales) de las que es responsable.
  • Las acciones especificadas en el procedimiento de cobranza.
  • Comportamientos a los que se dirige la normativa tributaria.

Del mismo modo, se pueden recurrir sanciones. Para las órdenes de ejecución, solo se aceptan las siguientes objeciones:

  • La deuda o el derecho a pagar está completamente extinguido.
  • Solicitud de aplazamiento, prorrateo o indemnización dentro del plazo voluntario y demás motivos para suspender el proceso expropiatorio.
  • Falta de preaviso de liquidación.
  • Cancelar liquidación.
  • Errores u omisiones en el contenido de la orden de ejecución, y falta de identificación del deudor o deuda urgente.

¿Cuál es el plazo para redactar una reclamación económica-administrativa?

El plazo para realizar esta solicitud es dentro de un mes después de la notificación de liquidación, o dentro de un mes después del silencio administrativo.

Los documentos archivados serán remitidos al juzgado administrativo económico competente. Una vez que el tribunal reciba y complete la presentación en las circunstancias apropiadas, en el plazo de un mes, deben presentar un resumen de las acusaciones y proporcionar las pruebas adecuadas. El plazo máximo para la notificación de la resolución es de un año a partir de la fecha de presentación de la reclamación.

La sentencia podrá rechazar o aceptar la REA, o bien sentenciar que el recurso es inadmisible.

¿Cómo redactar una reclamación económica-administrativa?

Muy bien, ahora toca ponerse al lío de verdad.

Lo primero es que te descargues la plantilla que encontrarás al final del artículo. Después, vete punto por punto rellenando todo con tus datos siguiendo el siguiente esquema.

Dirígete al órgano competente

Empezarás por dirigirte a un órgano en concreto, dependiendo de si se te acusa de un delito fiscal estatal o autonómico. Por ejemplo, si estás en Barcelona, te dirigirás a la Junta de Tributos de Cataluña (Agència Tributària de Catalunya, Edifici T, Passeig de la Zona Franca, 46, 08038 Barcelona).

Para una correcta identificación del acto administrativo objeto de impugnación, se debe adjuntar al escrito de interposición de recurso una copia del acto que se quiere recurrir. Pon el número de referencia de la liquidación que te han mandado, el ejercicio económico al que corresponde y el concepto tributario (por ejemplo, IVA).

Preséntate

¿Alguna vez has visto una carta en la que el remitente no pusiera «hola, qué tal, me llamo Fulanito»? Probablemente no, y si la has visto es que el remitente era un poco maleducado o se tomaba demasiadas confianzas. Por eso mismo debes comenzar tu REA presentándote. Pero no basta con un simple, «soy este», tienes que hacerlo de manera que quedes bien identificado.

Tendrás que adjuntar:

  • Nombre y Apellidos
  • DNI.
  • Dirección.
  • Indicar si se representa a sí mismo.
  • Indicar que comparece para hacer una reclamación frente a la sanción pertinente.

Expón

Ahora es cuando dices qué quieres exponer, es decir, de qué te defiendes.

«PRIMERO.- Que, con fecha X de septiembre de 2020 ha recibido notificación de Liquidación/Resolución de Recurso de Reposición/Sanción.

Se adjunta copia de dicha Liquidación/Resolución de Recurso de Reposición/Sanción como DOCUMENTO Nº 1».

Deberás adjuntar copia de la carta recibida.

Interpón

«SEGUNDO.-  Considerando la citada Liquidación/Resolución de Recurso de Reposición/Sanción no ajustada a Derecho y lesiva para sus intereses, al amparo de lo dispuesto en el artículo 229 de LGT, interpone, dentro del plazo legalmente previsto de un mes, tal como dispone el artículo 235 de la LGT, RECLAMACIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA contra dicha Liquidación/Resolución de Recurso de Reposición/Sanción».

Alega

Aquí es cuando alegas por qué Hacienda NO tiene la razón (y es que Hacienda no siempre tiene la razón). Para ello tendrás que presentar las alegaciones pertinentes, que dependen de tu caso. Y por esto es recomendable que lo haga un abogado fiscalista; esto no lo puede hacer cualquiera, es muy fácil equivocarse.

Solicita

Por último, toca solicitar qué quieres que se haga.

«Y en su virtud,

SOLICITA

Que habiendo presentado en tiempo y forma este escrito y documentos que se acompañan, se sirva admitirlo, teniendo por interpuesta RECLAMACIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA contra la precitada Liquidación/Resolución de Recurso de Reposición/Sanción, dándosele traslado del mismo al TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE (CCAA que corresponda o Central) en virtud de lo dispuesto en el artículo 235.3 de la LGT».

Ciudad, fecha, firma.

Descargar modelo de reclamación económico administrativa

Esta plantilla que te vamos a dar no es nuestra, es de la Agencia Tributaria de Cataluña. Es el mejor documento para hacer este tipo de alegaciones en Cataluña. Descárgala aquí.

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