
Hacienda insta a las guarderías a declarar el Modelo 233 en menos de 15 días
El 31 de enero termina el plazo para que guarderías y centros de educación infantil autorizados presenten ante Hacienda el Modelo 233. En este modelo se aportan datos sobre los menores matriculados en 2019 y los gastos que dan derecho a la aplicación del incremento de la deducción por maternidad (1.000 euros adicionales). Es por ello que la información del modelo es clave para obtener esta aplicación. Si eres padre o madre, no te preocupes, no tendrás que hacer nada, solo asegurarte de que la guardería rellena el formulario con los datos de tu hijo.
¿Cómo puedo saber si tengo derecho al incremento de la deducción por maternidad?
Hacienda lo explica así: «el importe de la deducción por maternidad (1.200 euros) se puede incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma tenga, durante el período impositivo, gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados». Es decir: si en 2019 tu hijo estuvo matriculado en una guardería y eso te supuso gastos, tienes derecho al incremento. Por lo tanto, podrás aminorar la cuota diferencial de tu IRPF hasta en 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años que te suponga gastos en guarderías.
El año pasado se creó esa nueva responsabilidad para las guarderías. Su implantación llevó a muchos padres a la confusión, al pensar que eran ellos quienes debían comunicar a la AEAT esos datos. La Administración no se cansó de repetir que el modelo 233 deben presentarlo exclusivamente las guarderías. Los progenitores incluirán los datos que dan derecho a la deducción ampliada en su declaración de la renta, en la que se confecciona en primavera.
¿Qué datos han de presentar las guarderías en el Modelo 233 ante Hacienda?
Las guarderías o centros de educación infantil deberán presentar una declaración informativa, en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior, sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación del incremento de la deducción. Además de sus datos de identificación y los correspondientes a la autorización del centro expedida por la administración educativa competente, harán constar:
- Nombre, apellidos y fecha de nacimiento del menor y, en su caso, NIF del mismo.
- Nombre, apellidos y NIF de los progenitores, tutor, guardadores con fines de adopción o persona que tiene al menor en acogimiento.
- Meses, por mes completo, en los que el menor ha estado inscrito en la guardería o centro educativo.
Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil autorizado en relación con el menor. - Importes subvencionados abonados directamente a la guardería o centro de educación infantil autorizado correspondientes a los gastos pagados a la guardería o centro educativo.
¡Y una cosa importante! Si la guardería no envía la declaración de su hijo o se le olvidan algunos datos, la AEAT no tendrá esa información, y el proceso será más complicado pero no significará que se pierda el derecho a la deducción.
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