
Los tribunales detienen las exageradas multas por no declarar el modelo 720 a espera de una resolución europea
La Unión Europea (UE) llevará a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por considerar desproporcionadas las multas derivadas de no declarar los bienes o cuentas en el extranjero a través del Modelo 720. En concreto, ha sido la Comisión Europea la que ha denunciado al país mediterráneo. Europa ya avisaba a principios de junio de que tomaría medidas, pero hoy lo ha hecho oficial. Más allá, según ha comprobado el diario económico Cincodías, «a la espera del dictamen comunitario los jueces españoles vienen tumbando un buen número de resoluciones sancionadoras relacionadas con la declaración del llamado modelo 720 que el fisco, de momento, mantiene vigente».
Los Tribunales frenan un caso de multas por no declarar el modelo 720 en Castilla y León
Según sigue indicando la web de Cincodías, uno de los últimos cortes a la Agencia Tributaria ha ocurrido en Castilla y León. El Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) ha frenado el caso de un joven que en 2013 presentó voluntariamente el modelo 720. En él, declaraba poseer más de 90.000 euros en una cuenta bancaria en Italia. En sus comprobaciones, sin embargo, la inspección detectó que a finales de 2012, cuando la cuenta contaba con 46.000 euros, se registró una transferencia de 6.000 euros más que dejó el saldo en 52.000 euros a cierre del año. Una cifra que, por solo 2.000 euros, lo cambiaba todo pues la norma obliga a presentar el modelo 720 si se superan los 50.000 euros en el extranjero. El fisco acusó al joven de presentar la declaración fuera de plazo, al entender que debía haber dado parte ya en 2012.
Como consecuencia, la Agencia Tributaria puso en marcha el duro sistema sancionador aplicado a quienes no dan cuenta de sus bienes y derechos fuera de España, o se demoran en hacerlo. Este implica considerar como ganancia patrimonial no justificada los bienes no declarados, sin plazo de prescripción, imponer una sanción del 150% del monto y aplicar multas de 5.000 euros por cada dato omitido (una cuenta bancaria son cinco), con un mínimo de 10.000 euros, o 100 euros (con mínimo de 1.500) si, como en este caso, se trata de un retraso.
De esta forma, Hacienda requirió al contribuyente el pago de 19.944 euros por el impuesto no abonado, 2.558 euros por intereses de demora y una sanción de 29.915 euros, es decir, 52.417 euros en total. El afectado reclamó y declaró además que las cuantías de la cuenta eran donaciones recibidas de su padre por las que se había tributado, si bien el fisco no dio validez al contrato exhibido y subrayó que la tributación no se hizo hasta 2015.
El Tribunal Regional de Castilla y León considera que la fiscalía no presentó la documentación necesaria y frena la multa por no declarar bienes en el extranjero
La gran novedad es que el TEAR de Castilla y León acaba de anular tanto la liquidación como la sanción impuestas por el fisco argumentando que este “no ha acreditado” que los fondos fueran una ganancia patrimonial injustificada y afeándole que no haya presentado ni una sola prueba documental.
Así, por ejemplo, más allá de este último fallo, el TEAR de Valencia ha anulado dos multas, de 9.450 y 4.000 euros, por insuficiencia de las pruebas aportadas por el fisco, y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha tumbado otras tres, de entre 5.500 y 5.800 euros, por falta de motivación o porque la Agencia Tributaria tardó dos años en iniciar un procedimiento sancionador que debía incoar en tres meses. El caso más destacado hasta ahora había sido el de un taxista jubilado de Granada al que Hacienda le requirió 442.000 euros después de que, fuera de plazo, declarara contar con 340.000 euros en Suiza. El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) anuló la multa del 150% que se le había impuesto alegando que la inspección no motivó la culpabilidad del contribuyente ni su “intención de defraudar”. Los abogados del pensionista han recurrido el fallo ante la Audiencia Nacional para solicitar que además de la multa de 254.000 euros se le exima de pagar la liquidación de 188.000 euros que el TEAC sí mantuvo. Aducen que la liquidación presenta la misma falta de motivación.
Pese a que la UE critique la norma, los tribunales siguen sujetos a ella y que por eso se agarran a defectos formales para tumbar las multas. Desde Hacienda se limitan a aseverar que se está analizando la situación.
¿Qué hacer si me multan porque no he declarado mis cuentas en el extranjero?
¿Tiene bienes o cuentas en el extranjero que aún no ha podido declararlas a través del Modelo 720? Mientras se espera a la sentencia del TJUE, lo mejor es hacerlo cuanto antes: la multa por no declarar sus cuentas en el extranjero puede ser de hasta el 150% de la cantidad no declarada. En Viola Pérez somos expertos en esta materia.
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