Las cláusulas suelo son un tipo abusivo que se puede reclamar
Todos conocemos la abusividad de las cláusulas suelo. Pero, realmente, ¿en qué consiste esta cláusula? ¿Soy uno de los consumidores afectados? Y, ¿cómo puedo apreciar en mi hipoteca si la tengo? Si le interesa la respuesta a alguna de estas cuestiones, siga leyendo.
A priori, para entender en qué consiste esta figura del Derecho Bancario, debemos retroceder al inicio de toda celebración de un contrato entre consumidor y profesional. Así podremos entender qué alcance tiene el término previsto como cláusula abusiva.
El concepto de cláusula abusiva se incluye dentro de un contrato profesional, que no ha sido negociado individualmente por el consumidor (contratos de adhesión) y que, sobretodo, causa un desequilibrio entre consumidor y profesional. Por tanto, las cláusulas suelo son aquellas cláusulas abusivas que descompensan una relación equitativa.
Dónde identificar las cláusulas suelo en el contrato
Se encuentran en aquel acuerdo que establecían los bancos en sus contratos de préstamo o crédito. En ellos se estipulaba un mínimo a pagar que, por tanto, empeoraba la situación del hipotecado cuando su índice de referencia (en España normalmente el Euribor) disminuía su porcentaje.
El año pasado, el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea indicó que esta cláusula abusiva tiene efectos retroactivos. Es decir, que los bancos españoles deben devolver el dinero cobrado indebidamente en las cuotas que se hayan devengado desde la celebración del contrato.
Como respuesta, y debido a la gran cantidad de consumidores afectados, el Estado Español instauró un procedimiento de solución extrajudicial voluntario. La medida nació con la pretensión de agilizar las devoluciones previsto en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.
Si aún no ha comprobado si usted ha estado pagando de más y tiene derecho a una devolución, tan solo debe revisar su préstamo hipotecario. Diríjase al apartado que bajo la denominación “cláusulas financieras” recogerá la cláusula “limitación a la variabilidad del tipo de interés”, acuerdo que le establecerá un porcentaje mínimo a pagar, conocido como cláusula suelo y/o un porcentaje máximo, conocido popularmente como cláusula techo.
Defensa ante cláusulas suelo
En caso de que sea usted uno de los perjudicados, desde Viola Pérez Abogados le recomendamos que acuda, en primer lugar, a su Banco o Entidad para intentar llegar a un acuerdo extrajudicial voluntario y, en caso de que no consiga su pretensión, nuestro equipo estará encantado en ayudarle.
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